AYUDAS AL SECTOR DEL TRANSPORTE

AYUDAS AL SECTOR DEL TRANSPORTE

Compartir

Este miércoles, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las medidas acordadas el día anterior, por el Consejo de Ministros con las que el Gobierno pretende mitigar el impacto de la fuerte subida del precio de los carburantes.

¿En qué consisten las medidas aprobadas?

Una de las medidas aprobadas ha sido una rebaja de 20 céntimos por litro de combustible. La ministra de Transportes, Raquel Sánchez, anunció que el Gobierno bonificará a los transportistas con 20 céntimos de euro por litro o kilo de combustible. De ellos, 15 céntimos saldrán del presupuesto público y 5 céntimos serán soportados por las operadoras de productos petrolíferos. Los productos a los que se aplicará son el gasóleo, gasolina, gas y adblue.

Según informó la vicepresidenta primera y la titular de la cartera de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, este descuento en los carburantes entrará en vigor este viernes 1 de abril hasta el próximo 30 de junio.

El Ejecutivo también ha incluido una línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes.

Esta subvención va dirigida a los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España que no formen parte del sector público y que cuenten con una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE o MDLE, y que a fecha del 29 de marzo de 2022 estuviesen inscritos en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

El importe destinado a este fin asciende a 450 millones de euros y se distribuirá entre las siguientes actividades de transporte y códigos CNAE: de tipo terrestre de pasajeros (como los servicios regulares de autobuses de largo recorrido, los discrecionales de autocares, para excursiones, etc.), de mercancías por carretera, de tipo sanitario de personas y taxistas correspondientes a los siguientes CNAE:

CÓDIGO CNAE                  ACTIVIDAD DE TRANSPORTE

4932                                     Transporte por taxi.

4939                                      Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

4941                                     Transporte de mercancías por carretera.

8016                                      Servicio de transporte sanitario de personas.

Asimismo, el Ejecutivo ha especificado las cuantías individuales para dentro de cada tipo de grupo, dependiendo del número y tipo de vehículo de cada beneficiario. La cuantía máxima de ayuda no podrá superar en ningún caso los 400 mil euros quedando el reparto de las ayudas de la siguiente forma:

  • 1.250 € para camiones (MDPE) de transporte de mercancías pesadas
  • 950 € para autobuses (VDE)
  • 500 € para furgonetas de peso ligero (MDLE)
  • 500 € para ambulancias (VSE)
  • 300 € para taxis (VT) 
  • 300 € para vehículos de alquiler con conductor (VTC).

Teniendo en cuenta que el 85% de la dotación de 450 millones se destinarán al transporte pesado y las furgonetas de reparto, serán 260.000 los camiones y 115.000 las furgonetas que se beneficiarán de las ayudas de 1.250 euros y 500 euros respectivamente.

Diversas organizaciones como la Organización empresarial de logística y transporte de España, UNO, han valorado positivamente el acuerdo entre Gobierno y la Comisión Nacional de Transportes por Carretera que permitirá aplicar una rebaja directa de 20 céntimos por litro de combustible

No obstante, a la par que celebran la medida, lamentan que estas decisiones se hayan demorado tanto puesto que: “Desde el pasado verano veníamos advirtiendo que la subida del precio del combustible era insostenible. De haberse reaccionado antes, como han hecho otros países como Italia, Portugal, Irlanda, Francia o los Países Bajos, muchas empresas no se habrían visto obligadas a parar sus flotas y asumir unas pérdidas que costará meses compensar”.

En este sentido, piden al Gobierno que “prorrogue la medida cuantas veces sea necesario”, en caso de que la situación se extienda en el tiempo.

¿Cómo hay que solicitar las ayudas?

El Gobierno gestionará dichas ayudas a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria salvo en el caso de las CCAA del País Vasco y Navarra rellenando un formulario electrónico en el que se determinen NIF/CIF del transportista, tipo de licencia de la que es titular y vehículos que tiene a su disposición.

Dicho documento deberá incluir el número de la cuenta bancaria en la que desee que se le realice el abono y tendrá que formalizarse antes del 30 de abril de 2022.

El importe concedido será abonado mediante transferencia bancaria. En el caso de no recibir este importe en el plazo de un mes, el interesado deberá de entender que su solicitud ha sido desestimada. El interesado tendrá derecho a interponer un recurso de reposición y reclamación económico administrativa en los términos previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria si así lo considera.

Publicaciones recientes

Nueva regulación de las empleadas de hogar
Noticias

Nueva regulación de las empleadas de hogar

El Real Decreto-ley 16/2022, de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del

Reforma Laboral
Noticias

Reforma laboral

Una vez anunciado el acuerdo para la reforma laboral, se ha publicado en el BOE del 30 de diciembre el Real Decreto-Ley 32/2021 de medidas